La Corte Constitucional de Colombia ha dado un paso importante en la protección jurídica de los animales: eliminó expresiones legales que los reducían a instrumentos al servicio del ser humano y reafirmó que deben ser tratados como seres sintientes dignos de protección frente al maltrato.
En su decisión, el alto tribunal declaró inexequibles partes del Código de Ética Veterinaria y Zootécnica que contenían frases como “son medios que sirven al hombre” y “en la medida de su utilidad respecto de éste”. Tales expresiones estaban presentes en el artículo 12 de la Ley 576 de 2000, y posicionaban jurídicamente a los animales como meras “cosas”. Con la nueva interpretación, esas frases quedan fuera del ordenamiento vigente.
Aunque el Código Civil aún clasifica a los animales como bienes —una