El Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Valledupar, declaró parcialmente fundadas las pretensiones de una acción popular interpuesta contra la sociedad de economía mixta conformada entre el municipio de Agustín Codazzi y la empresa Millennium Sistems S.A.S., creada en 2014 para la administración del tránsito en ese municipio.

En el fallo, se ordena al socio privado transferir las utilidades netas generadas desde el año 2020, de acuerdo con su participación accionaria y los balances anuales. La empresa deberá acreditar el traslado de las utilidades acumuladas dentro de los 15 días siguientes de la sentencia.

Además, el juzgado dispuso que las utilidades que se generen a partir de la ejecutoria del fallo deberán ser transferidas dentro de los dos primeros meses de cada año siguien

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