
Por Itzel Chan
M ÉRIDA, MX.— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó con mayoría de 8 votos a favor y 1 en contra, reasumir la competencia en un amparo promovido por personas mayas de Chapab y Kinchil, quienes denunciaron que el Gobierno de Yucatán emitió una norma ambiental sin consultar a las comunidades afectadas.
Se trata de la Norma Técnica Ambiental NTA-001-SDS-22, publicada por la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS) del estado el 23 de diciembre de 2022, con el objetivo de regularizar granjas porcícolas en la entidad. A pesar de haber sido ampliamente cuestionada por comunidades y organizaciones, la norma no fue consultada con los pueblos mayas, tal como lo establece la legislación nacional e internacional en materia de derechos indígenas.
Las y los promoventes, acompañados legalmente por Kanan Derechos Humanos A. C., acusan que la SDS violó el derecho a la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada, al no garantizar participación ni consentimiento de los pueblos originarios durante la elaboración y publicación de la norma.
Además, señalan que la NTA-001 no exige a las empresas consultar a las comunidades afectadas durante los procesos de regularización, pese a que estas instalaciones inciden directamente en sus territorios y medios de vida.
El Juzgado Primero de Distrito en Yucatán desestimó inicialmente el caso, al no reconocer legitimidad a los demandantes. No obstante, el recurso fue revisado por la Suprema Corte, y ahora será el Pleno de ministras y ministros quien resuelva de fondo si el Gobierno de Yucatán incurrió en violaciones a los derechos de los pueblos indígenas.
Un caso histórico para la Península:
Durante la sesión, la ministra Lenia Batres Guadarrama argumentó: “Es un tema muy importante. Se plantea si el Gobierno de Yucatán debe realizar consultas a comunidades indígenas para autorizar centros porcinos en un contexto de gran conflicto social”.
Por su parte, el ministro Giovanni Figueroa señaló: “Este caso amerita la competencia originaria de la Corte, pues subyace en él el derecho de las comunidades indígenas a ser consultadas antes de la emisión de normas ambientales”.
Esta es la primera vez que la Suprema Corte atrae un caso relacionado con violaciones al derecho a la consulta en el contexto de la industria porcícola en Yucatán, señalada por sus graves impactos en agua, suelo y salud ambiental.
Desde Kanan Derechos Humanos, se considera que la decisión de la Corte es fundamental para establecer criterios vinculantes sobre los derechos de los pueblos mayas ante políticas ambientales que puedan afectar su territorio. ( Noticaribe )