Una de las fallas más comunes y peligrosas en el manejo cotidiano es la omisión o la señalización tardía de las maniobras de giro. La Ley de Tránsito 24.449 establece en forma clara y precisa el protocolo para doblar y, en particular, el tiempo mínimo que debe regir para el uso del indicador de giro o guiñe y evitar accidentes .

Según el Artículo 43, inciso a) de la mencionada ley de tránsito , que regula la maniobra de giros, todo conductor debe "advertir -anunciar- la maniobra con suficiente antelación mediante la señal luminosa correspondiente que se mantendrá hasta la salida de la encrucijada".

La Luz de giro siempre debe encenderse con la debida anticipación.

¿Cuántos metros antes de doblar debe encender el guiñe?

Ahora bien, ¿qué se debe considerar como "suficiente an

See Full Page