En Colombia, la conformación de familias reconstituidas, donde uno o ambos miembros de la pareja tienen hijos de relaciones anteriores, es cada vez más común. Con esta realidad, surge una pregunta legal y económica importante: si la relación de pareja termina, ¿puede un padrastro o madrastra ser obligado a pagar una cuota de alimentos por sus hijastros?

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La respuesta inicial, basada en la regla general del derecho de familia colombiano, es no. La obligación legal de proporcionar alimentos recae principal y directamente sobre los padres biológicos del menor, sin importar si tienen o no una relación sentimental.

Sin embargo, la ley y las altas cortes han desarr

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