El Pleno de la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó sin materia un primer asunto aplicando el artículo tercero transitorio de la reforma a la Ley de Amparo, que avala que modificaciones realizadas por el Congreso de la Unión se apliquen a juicios ya iniciados, mejor conocido como principio de irretroactividad.
El asunto se decidió por mayoría de siete votos a favor y uno en contra del ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, quien pidió profundizar en el debate para establecer un criterio general aplicable a las situaciones relacionadas con este tipo de asuntos, en los que se aplique la nueva reforma a la Ley de Amparo . La votación fue realizada con ausencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, que pidió licencia.
El asunto que fue declarado sin materia por la Cor