La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral que reciben los trabajadores del régimen laboral privado y el segundo depósito para este año, deberá realizarse a más tardar el 15 de noviembre de 2025 , correspondiente al periodo trabajado de mayo a octubre.
Por otro lado, la Ley 32322 precisa que, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026 , los trabajadores podrán disponer libremente del 100 % de los depósitos acumulados de la CTS en entidades financieras, sin necesidad de causal especial. Posteriormente a dicha fecha, el retiro ya no será posible.
El segundo depósito de la CTS para el año 2025 debe realizarse a más tardar el 15 de noviembre.
Además, esta ley peruana, aprobada el pasado 9 de mayo de 2025, modifica el artículo 42 del Decreto Legi