El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso de amparo que presentó José Luis Ábalos contra la resolución de la Mesa del Congreso del pasado 16 enero que considerá que la instrucción del "caso Koldo" antes de que se tramitara su suplicatorio (el permiso que solicita un juez o tribunal a la Cámara Baja para poder investigar a un aforado) no afectaba a su función representativa como parlamentario, que ampara el artículo 23.1 de la Carta Magna.

La Sección Segunda de la Sala Primera del TC acuerda por unanimidad no tramitar siquiera esa demanda de amparo ante la "manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo", condición imprescindible para que la corte de garantías pueda ejercer esa tutela.

La presidenta del Congreso, Francina Armengol, comun

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