La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) ha tumbado la querella de Manos Limpias contra la jueza instructora del procedimiento de la dana y ha archivado la causa. El auto reprocha al pseudosindicato que no aporte elementos objetivos para “justificar una investigación” a la jueza Nuria Ruiz Tobarra. La querella estaba compuesta por meros recortes de prensa , recuerda la resolución: “Se trata de artículos de opinión, que serán muy respetables, pero desde luego no podrán superponerse a los resultados obtenidos de la investigación, ni por sí mismo desacreditar a la instructora, ni mucho menos afirmar que ante esas opiniones en particular deba entenderse que ha incurrido en algún tipo de delito”.
Sobre la querella, el auto indica que “no basta la mera imputación personal, sin datos o circunstancias que la corroboren, requiriéndose la existencia de indicios fundados de responsabilidad”.
Por otro lado, Manos Limpias también amplió la querella con nuevos recortes de prensa, de medios vinculados a las derechas, que aludían al supuesto papel del marido de la jueza, también magistrado, en la instrucción de la causa de la dana. “Lo que realmente no encontramos censurable, dado que si como se dice son marido y mujer y ambos trabajan en el mismo edificio, no encontramos motivo para que con frecuencia pase a recogerla o la visite, o que compartan sus periodos de descanso”, afirma la resolución.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJ-CV, presidida por el magistrado Manuel Baeza, considera que el pseudosindicato, no aporta ninguna prueba sobre una supuesta “participación más activa” del marido, el juez Jorge Martínez Ribera.
“En cualquier caso”, concluye el auto, “las eventuales irregularidades que hayan podido producirse en algún acto procesal (las que ni siquiera nos constan) habrían de hacerse valer —en su caso— en el propio proceso y por los mecanismos legales al efecto; siendo que, por lo demás y aparte de ello, aquellas no pueden exceder del correspondiente ámbito administrativo; esto es, no tienen la relevancia penal que se les pretende atribuir en la querella, sin que puedan integrar ninguno de los tipos penales referidos en la misma”.
La querella de Manos Limpias simplemente pone “en evidencia su discrepancia sobre la orientación que se le ha dado a la investigación”. El pseudosindicato fue expulsado como acusación popular de la causa de la dana por la incompatibilidad con el ejercicio de la defensa de uno de los investigados por parte del letrado José María Bueno Manzanares , quien se había definido en una entrevista en La Razón como “jefe de los servicios jurídicos” de la organización liderada por Miguel Bernad.
La actuación “contradictoria” de Manos Limpias
Manos Limpias recurrió en un principio el auto de expulsión de la causa. Sin embargo, luego desistió en su recurso. “En el presente caso”, recuerda el TSJ-CV, “el querellante inicialmente actuó de una manera correcta interponiendo un recurso de apelación contra dichas resoluciones, lo que hubiera permitido que un tribunal situado en un plano superior hubiera revisado jurídicamente esa resolución”.
Sin embargo, “posteriormente la parte desistió de ese recurso, de tal forma que dichas resoluciones adquirieron firmeza. Por lo que realmente resulta contradictoria la actuación del querellante que después de haber consentido de forma voluntaria ser excluido del proceso, ahora en cierta medida yendo contra sus propios actos, no pretenda que se rectifique esa resolución, sino que se someta a un juicio penal a la Magistrada querellada”.
En todo caso, el auto del alto tribunal autonómico recuerda que Bueno Manzanares “es precisamente quien ha llegado a afirmar ser el jefe de su asesoría jurídica, lo que naturalmente desnaturalizaría su papel como acusador”.
La resolución incluso desliza que el letrado “pudiera llegar a incurrir en un delito” previsto en el artículo 467.1 del Código Penal (de deslealtad profesional de los abogados), “dado que en principio podrían existir intereses contrapuestos entre quien ejerce una acusación y uno de los investigados”.
La oposición del Ministerio Público
La Fiscalía Superior de la Comunitat Valenciana se opuso a la estimación de la querella, “al no concurrir en su actuación ninguno de los elementos integradores del delito de prevaricación judicial”.
El pseudosindicato que dirige Miguel Bernad denunció el pasado 24 de junio a la jueza. Sin embargo, el alto tribunal autonómico inadmitió la denuncia al requerir la ley una querella para enjuiciar a jueces y magistrados. Posteriormente, Manos Limpias se querelló por los presuntos delitos de prevaricación y coacciones. El escrito de la querella, tal como informó este diario , incluía recortes de prensa desmentidos por la Fiscalía.

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