El Documento Nacional de Identidad (DNI) entra en una nueva etapa. El Gobierno ha aprobado el Real Decreto 255/2025 , que adapta la legislación española al Reglamento europeo 2019/1157 sobre el refuerzo de la seguridad de los documentos de identidad . Entre las novedades más destacadas figura la desaparición de los llamados “DNI permanentes”. Aquellos expedidos entre 1999 y 2006 sin fecha de caducidad, que deberán renovarse antes del 3 de agosto de 2031 . La medida afecta principalmente a las personas mayores de 70 años, aunque no a todas, y responde a una exigencia de la Unión Europea para homogeneizar los sistemas de identificación en los Veintisiete.

Norma aprobada en 2019

El origen de este cambio se remonta a una norma comunitaria aprobada en 2019 , que obligaba a todos los Estados miembros a emitir documentos de identidad con características de seguridad reforzadas , incluyendo chip electrónico y datos biométricos. España ya había implantado progresivamente el DNI electrónico, pero mantenía una excepción para los mayores de 70 años, a quienes se expedían documentos con validez “permanente” o sin fecha de caducidad visible. Esa categoría, que en su momento se justificó para evitar renovaciones periódicas en personas de edad avanzada, ha quedado ahora fuera de la normativa europea.

Según confirma el Ministerio del Interior, la obligación no afecta a todos los DNIs de mayores de 70 años, sino únicamente a los expedidos entre 1999 y 2006 que llevan impresa la palabra “permanente” en el apartado de validez . Los documentos emitidos posteriormente ya incluyen una fecha simbólica de expiración o caducidad técnica (como “01-01-9999”), por lo que se consideran compatibles con la normativa europea y no será necesario sustituirlos. En la práctica, se calcula que la medida afectará a varios cientos de miles de ciudadanos.

Hasta el 3 de agosto de 2031

El nuevo Real Decreto establece un plazo amplio para cumplir con la renovación: hasta el 3 de agosto de 2031 , coincidiendo con la fecha límite marcada por la Comisión Europea para la sustitución de los documentos antiguos. Las renovaciones podrán realizarse sin cita previa en las oficinas de expedición del DNI, de manera voluntaria y con un coste reducido o incluso gratuito, dependiendo del caso. Interior recuerda que no se trata de una campaña inmediata, sino de un proceso progresivo que se irá facilitando durante los próximos años.

El objetivo de la reforma es reforzar la seguridad documental y garantizar que todos los DNIs españoles cumplan con los estándares europeos. Los nuevos documentos incorporan un chip con la imagen facial y dos huellas dactilares del titular, elementos biométricos que permiten verificar la identidad de forma inequívoca y reducir el riesgo de falsificación o suplantación. Además, el diseño del DNI se ha armonizado con el resto de Europa : fondo azul, bandera de la UE en el reverso y un código de país (ES) en rectángulo azul con estrellas amarillas, idéntico al de los pasaportes.

También regula la versión digital

El Real Decreto 255/2025 regula también la expedición del DNI en su versión digital, que permitirá llevar la acreditación oficial en dispositivos móviles mediante una aplicación segura. Esta versión electrónica estará vinculada al marco europeo de identidad digital, aprobado en 2024, que pretende facilitar la autenticación de ciudadanos en servicios públicos y privados en todo el territorio de la Unión. España se convierte así en uno de los primeros países en integrar su sistema nacional en la futura identidad digital europea.

¿Por qué ahora? Bruselas lleva años r eclamando a los Estados miembros la eliminación de los documentos de identidad obsoletos , al considerarlos un punto débil para la seguridad común. El reglamento europeo establece que todos los DNIs deberán cumplir las nuevas especificaciones antes del 3 de agosto de 2031, pero la presión se ha intensificado en los últimos meses a medida que la Comisión revisa el cumplimiento de los plazos. El Gobierno español ha aprovechado la transposición para consolidar en un solo texto toda la normativa relativa al DNI, tanto en su versión física como digital.

Para las personas afectadas, el mensaje es claro: los DNIs con la palabra “permanente” deberán renovarse, pero hay tiempo de sobra y no es necesario acudir de inmediato a las oficinas. Basta con comprobar si el documento carece de fecha de caducidad y, en ese caso, planificar la renovación en los próximos años. La actualización, además de obligatoria por motivos legales, ofrecerá ventajas prácticas: el nuevo DNI será válido en toda la Unión Europea, compatible con la identidad digital europea y con mayor protección frente al fraude.