**¡Adiós a los análisis clínicos y máquinas de peluches en farmacias!**
Las farmacias y boticas de Perú enfrentan cambios significativos en sus operaciones. El Ministerio de Salud (Minsa) ha emitido la Resolución Ministerial N.º 734-2025/MINSA, que prohíbe la venta de alimentos y la realización de análisis clínicos en estos establecimientos. Esta medida busca actualizar la normativa y garantizar la seguridad sanitaria de la población, según el ministro de Salud, Luis Quiroz.
La nueva resolución, publicada el 30 de octubre, deroga la anterior normativa que permitía ciertas actividades. A partir de ahora, las farmacias no podrán vender una variedad de productos, incluyendo alimentos (excepto agua y bebidas con electrolitos), animales, cigarros, combustibles, insecticidas, medicamentos veterinarios, muebles, pinturas, plantas de jardín, ropa y calzado, salvo excepciones para uso neonatal y hospitalario desechable.
Además de la prohibición de venta de productos, la resolución también impide la realización de servicios como análisis clínicos, consultas médicas, campañas médicas, y la recolección de muestras para laboratorio. Otros servicios ajenos al ámbito farmacéutico, como locutorios, lavandería, y juegos de azar, también quedan excluidos.
El Minsa ha establecido que las farmacias pueden seguir vendiendo bebidas con electrolitos y alimentos para regímenes especiales, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Las farmacias que no cumplan con estas nuevas disposiciones enfrentarán sanciones administrativas, con multas que equivalen a una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), es decir, S/5.350.
La resolución también implica la derogación de la Resolución Directoral N.º 006-2015-DIGEMID-DG-MINSA, que regulaba anteriormente los productos y servicios no autorizados en farmacias. Con esta actualización, el Minsa busca clarificar las actividades permitidas y prohibidas, reforzando así el marco normativo del sector farmacéutico en el país.
En un anuncio previo, el ministro Quiroz también informó sobre la suspensión del registro sanitario para 57 productos que no cumplían con los estándares de buenas prácticas de manufactura, como parte de un esfuerzo por fortalecer la regulación y el control sanitario en el mercado peruano. Esta medida tiene como objetivo asegurar que solo los productos que cumplen con los estándares de calidad estén disponibles para la población.

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