El Tribunal Supremo (TS) ha condenado, en ratificación de sentencia, a un gerente y a una trabajadora de Renfe de León, pareja sentimental del jefe en el momento de los hechos, por acoso laboral a una empleada con expresiones como «niñata de mierda», «imbécil» o «no tienes ni puta idea».

El reciente auto de la Sala de lo Social del TS ratifica las sentencias del Juzgado de lo Social número 2 de León de julio de 2024 y la posterior de TSJCyL de diciembre de 2024, fallos en los que condenan a los demandados por realizar actuaciones constitutivas de mobbing que vulneraron los derechos y libertades de la víctima, concretamente su derecho a la salud (integridad física y moral), ya que cayó en una profunda depresión y estuvo siete meses de baja.

Ávila

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