Desconocemos lo que en adelante decidirá la UE sobre el Sáhara Occidental, aunque ya no cabe esperar que sostenga la “libre determinación del pueblo saharaui”, sino, al contrario, un apoyo explícito a la Resolución de la ONU. Lo que se alejará aún más de una solución justa, reclamada desde hace cinco décadas

El 18 de marzo de 2022 supimos, curiosa y vergonzantemente por comunicación de las autoridades de Marruecos, que el presidente del Gobierno español había dirigido una carta al rey de aquel país en la que, sobre la cuestión del Sáhara Occidental, se subrayaba “la importancia que tiene” el tema y “los esfuerzos serios y creíbles de Marruecos, en el marco de Naciones Unidas, para encontrar una solución mutuamente aceptable”, así como que “España considera que la propuesta marroquí de autonomía presentada en 2007 como la base más seria, creíble y realista para la resolución de este diferendo”.

En realidad, la propuesta marroquí, aceptada ya entonces por España, supone, dicho en pocas palabras, reconocer al pueblo saharaui algunas competencias para su gestión, pero formando parte del Estado de Marruecos. Es decir, se pondría punto final a la histórica aspiración de ese pueblo al ejercicio de su derecho de autodeterminación, algo que España había apoyado hasta 2022.

Ya en su día se plantearon muchas preguntas a este respecto, preguntas que el Gobierno español no ha respondido o, al menos, no de manera suficiente para explicar el radical giro en su posición.

Un giro que significa olvidar de plano y definitivamente la responsabilidad del Estado español en este tema. Porque España no es, en modo alguno, un Estado cualquiera en relación con esta cuestión. Recuérdese, si no, la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 16 de diciembre de 1965 que declaró que España era potencia administradora del territorio del Sahara. Y recuérdese también lo que la justicia española ha dicho al respecto, en el Auto del Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de 4 de julio de 2014 en el que, en el marco de unas Diligencias penales seguidas por delitos de lesa humanidad y genocidio, se manifestó la conformidad con el criterio del Ministerio Fiscal en el sentido de que España es “de iure”, aunque no “de facto”, la potencia administradora de este territorio.

Un giro en el que viene ahora a coincidir la ONU, precisamente cuando se cumplen 50 años de la ocupación del Sáhara occidental por Marruecos. ONU cuyo Consejo de Seguridad ha aprobado el pasado viernes 31 de octubre una Resolución que respalda el plan de Marruecos para el Sáhara occidental, plan que dicho Estado denomina “Iniciativa de Autonomía”, esto es, que no garantiza en absoluto el ejercicio del derecho de autodeterminación del pueblo saharaui, si bien el texto de la Resolución sigue refiriéndose a su “libre determinación”. Al mismo tiempo se prorroga un año más el mandato de la Misión de Naciones Unidas para el Referéndum del Sahara Occidental – MINURSO -, una prórroga cuya eficacia no se adivina ya en absoluto una vez aceptado el plan marroquí.

Giro histórico ante el que no se ha opuesto ninguno de los Estados representados en el Consejo de Seguridad de la ONU, pues once de ellos han votado a favor – Estados Unidos, Francia, Reino Unido, Dinamarca, Eslovenia, Grecia, Guayana, Panamá, Corea, Sierra Leona y Somalia - y tres se han abstenido – Rusia, China y Pakistán -, no participando Argelia en la votación para, según sus representantes, “demostrar su distanciamiento de un texto que no refleja de manera fidedigna la doctrina de Naciones Unidas en materia de descolonización”.

Huelga decir, por otra parte, aunque conviene recordarlo ahora, que Marruecos ha agradecido expresamente a varios Estados, entre ellos España, sus esfuerzos que han contribuido “al éxito de este proceso pacífico”.

No quiere esto decir, en sí mismo, que la cuestión esté definitivamente zanjada, pero casi. El propio Frente Polisario se ha ocupado estos días de insistir en que “la Resolución de hoy no implica ningún reconocimiento de la soberanía de Marruecos sobre el Sáhara occidental”. Pero, sinceramente, si no es así, se le parece mucho, demasiado.

Sin embargo, pese a esta trascendental Resolución, existen algunas cuestiones y posiciones que convendría clarificar en el ámbito internacional, más allá de la propia ONU, cuyas Resoluciones anteriores - nada menos que 74 específicas Resoluciones sobre este conflicto –, tanto de su Asamblea General como de su Consejo de Seguridad, han ido reiterando el “derecho de libre determinación del pueblo del Sahara Occidental” y creado la MINURSO a tal fin.

En este sentido, conviene recordar también que la Corte Internacional de Justicia ya declaró el 22 de octubre de 1975 que al Sahara Occidental le es de aplicación la trascendental Resolución n.º 1514 de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 14 de diciembre de 1960 sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales mediante el derecho de libre determinación. Si bien se constatan también flaquezas y vaivenes en la propia ONU, toda vez que algunas de dichas Resoluciones han apelado a “lograr una solución política realista, viable y duradera para la cuestión del Sahara Occidental basada en la avenencia y la importancia de adaptar el enfoque estratégico de la MINURSO y orientar los recursos de las Naciones Unidas con ese fin”, aunque no han llegado, tampoco ahora, al punto de renunciar expresamente a un referéndum.

También la Unión Europea ha mantenido una posición titubeante y tibia. Y no se pierda de vista que cuatro de los once países que han aprobado la Resolución de la ONU pertenecen a la UE y que otro – España – ya había adoptado previamente la misma posición.

Sin embargo, la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea – TJUE – dictó el 4 de octubre de 2024 dos Sentencias muy relevantes, en las que, tras más de doce años de procedimientos judiciales promovidos por el Frente Polisario, confirmó la nulidad de los acuerdos de pesca y de libre comercio entre la UE y Marruecos, poniendo así fin a la explotación ilegal de los recursos naturales del Sahara Occidental. Sentencias cuyo argumento principal, muy muy resumidamente expresado, es el de que dichos acuerdos vulneran el derecho a la libre determinación del pueblo saharaui y a soberanía permanente de dicho pueblo sobre sus recursos naturales, tal como los tiene reconocidos, en palabras del propio TJUE, por los principales órganos de la ONU – Consejo de Seguridad, Asamblea General y Corte Internacional de Justicia -. Asimismo, en pronunciamiento trascendental en esta cuestión, el TJUE razona que aquellos acuerdos vulneran el llamado “principio del efecto relativo de los tratados”, principio que significa que “un tratado no crea obligaciones ni derechos para un tercer Estado sin su consentimiento”, esto es, dicho en pocas palabras, que el Sahara Occidental no forma parte de Marruecos, que el Frente Polisario es el representante legítimo del pueblo saharaui – lo que admite al reconocer su legitimación para entablar dichos procedimientos - y que cualquier decisión que afecte al pueblo saharaui ha de serle consultada.

Bien es verdad que los pronunciamientos del TJUE tienen matices importantes, y desgraciadamente no soslayables, pues sostienen también que el consentimiento del pueblo saharaui puede entenderse implícito en determinadas circunstancias.

Desconocemos lo que en adelante decidirá la UE sobre el Sáhara Occidental, aunque ya no cabe esperar que sostenga la “libre determinación del pueblo saharaui”, sino, al contrario, un apoyo explícito a la Resolución de la ONU. Lo que se alejará aún más de una solución justa, reclamada desde hace cinco décadas.

Y lo mismo cabe decir, naturalmente, de la actual posición del Gobierno de España, adoptada hace ya tres años. Por supuesto, tampoco cabe que el pueblo saharaui espere nada de este Gobierno en relación con su derecho a autodeterminarse y decidir su futuro. Una posición que, se diga lo que se quiera, es una decisión del Gobierno, de todo el Gobierno, que es quien, según el artículo 97 de la Constitución, “dirige la política … exterior”. Quienes han apretado – legítimamente, claro – para dirigir la acción del Ejecutivo en otros terrenos, no pueden dejar de hacerlo ahora, con la misma fuerza, aunque es ya demasiado tarde.