La Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima resolvió no acatar la resolución del Tribunal Constitucional que ordena suspender y paralizar la Acción de Amparo que el partido político Unidad Popular presentó contra la negativa del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a permitir su participación en las elecciones generales del 2026.
El 25 de julio pasado, el Tercer Juzgado Constitucional de Lima ordenó al JNE proceder con la inscripción inmediata de Unidad Popular en el registro de Partidos Políticos e habilitar su participación en las elecciones del 2026. El JNE inscribió al referido partido político, representado por el ex juez supremo Duberlí Apolinar Rodríguez Tineo , pero consideró que estaba fuera del plazo para participar en las elecciones. En es

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