El Juzgado de Primera Instancia número 22 de Sevilla ha vuelto a dar la razón a los consumidores . En una nueva resolución contra Vueling , el magistrado Jesús Medina Pérez ha condenado a la aerolínea a reembolsar 112 euros, más los intereses legales, a una pareja sevillana que tuvo que pagar ese suplemento por llevar su maleta de mano en cabina.

La sentencia, que responde a una demanda interpuesta por FACUA Sevilla, subraya que “ no se le puede exigir a los pasajeros el cobro de un suplemento por llevar dicho equipaje de mano en cabina”, puesto que se trata de “elementos indispensables” para los viajeros.

El juez añade que este tipo de prácticas vulnera los derechos de los pasajeros recogidos en el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea, que obliga a las compañías a transpo

See Full Page