El cierre del año implica para los empleadores la obligación de depositar la gratificación de diciembre a más tardar el 15 de diciembre de 2025, de acuerdo con la Ley N.º 27735 . Este plazo rige de manera estricta para todos los trabajadores bajo el régimen laboral de la actividad privada. La transferencia del monto es obligatoria, ya que no se admiten prórrogas , y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) fiscaliza su cumplimiento.
Esta bonificación asegura a los trabajadores formales un pago adicional al finalizar el año , condicionado al cumplimiento de los requisitos legales. El depósito fuera de plazo o el incumplimiento pueden generar sanciones económicas para las empresas, según el tamaño y la cantidad de empleados involucrados.
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