El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado este martes que todo Estado miembro debe reconocer la legalidad de un matrimonio del mismo sexo contraído en otro país de la Unión Europea, independientemente de que el matrimonio homosexual no esté recogido en su ordenamiento jurídico nacional , ya que lo contrario vulneraría la libertad de movimiento y residencia de la pareja afectada y el derecho fundamental al respeto de la vida privada y familiar.
La Justicia europea reconoce que la legislación relativa al matrimonio es una competencia nacional, pero advierte de que al ejercer tal competencia el Estado miembro debe respetar también el Derecho europeo y, por ende, el derecho "a llevar una vida familiar normal" cuando ciudadanos europeos ejercen su derecho a la libre

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