La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ( SUNAT ) ha actualizado el régimen para quienes no presenten sus declaraciones tributarias en los plazos establecidos. Esta modificación ha sido presentada el último 28 de noviembre en la Resolución de Superintendencia Nº 000355-2025/SUNAT , misma que detalla los criterios de gradualidad para la multa prevista en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario. Con esta norma, SUNAT planea facilitar la corrección de las declaraciones omitidas o inválidas del Impuesto a la Renta de sus contribuyentes, ya sea por iniciativa propia o después de recibir una notificación de la entidad; otorgándoles así, descuentos mayores a quienes regularicen a tiempo.
¿Cuáles son las modificaciones en el Reglamento del Régimen

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