En Colombia, los bienes de una persona fallecida no quedan sin titular: la ley establece que pasan a sus herederos, siempre que estos activen el proceso de sucesión.
Este trámite es el que permite formalizar el traspaso de propiedades y determinar quiénes tienen derecho sobre ellas. Aunque muchas familias postergan este procedimiento, el ordenamiento jurídico establece un límite claro para reclamar una herencia.
El Código Civil fija el parámetro central: la acción de petición de herencia tiene un plazo máximo de diez años. Así lo indica el artículo 1326, que señala la expiración del derecho cuando transcurre ese periodo.
Existe, además, un escenario particular para el heredero putativo, quien puede oponer una prescripción de cinco años, calculada según las reglas del artículo 766. Una v

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