La Corte Constitucional validó el decreto que reconoce a los pueblos indígenas como autoridades ambientales en sus territorios, pero impuso restricciones precisas para garantizar el respeto al debido proceso y la coordinación con otras entidades estatales.
Esta decisión, que responde a una demanda histórica de las comunidades ancestrales, permitirá a los pueblos indígenas ejercer competencias directas en la formulación y desarrollo de políticas ecológicas , aunque su capacidad sancionatoria quedará limitada exclusivamente a los miembros de sus propias comunidades.
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En el fallo, el Alto Tribunal estableció que las autoridades indígenas no podrán imponer sanciones a personas ajenas a sus etnias . La Corte, al c

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