Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló este lunes los “cobros desproporcionados y diferenciados” que el municipio de Oaxaca imponía a las personas trabajadoras sexuales por acceder a servicios médicos en el Centro Municipal de Control de Enfermedades de Transmisión Sexual. La tarifa, incluida por el Congreso estatal en la Ley de Ingresos de la capital del estado vigente, fue aplicada directamente a este grupo durante todo el año.

Por unanimidad, el Pleno aprobó el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo, el cual determinó que ese cobro violaba los principios de legalidad tributaria, seguridad jurídica y no discriminación.

La norma establecía un cobro más alto (96.16 pesos) para quienes ejercen la prostitución en casas de citas, centros nocturnos y

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