La Ley del octavo retiro de fondos de pensiones ha sido oficialmente promulgada en el diario El Peruano. La presidenta Dina Boluarte validó la autógrafa el 19 de septiembre, tras recibirla del Congreso de la República. Ahora, se espera el reglamento de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para conocer el procedimiento que seguirán las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Se estima que los primeros afiliados podrían recibir sus fondos entre finales de octubre y principios de noviembre, una vez que la SBS publique el reglamento correspondiente.
La ley permite a todos los afiliados del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones retirar hasta cuatro unidades impositivas tributarias (4 UIT) de sus cuentas individuales. El reglamento de la SBS debe definir el procedimiento operativo para este retiro en un plazo no mayor a 30 días calendario desde la entrada en vigor de la ley, que es el 21 de septiembre. Por lo tanto, la fecha límite para la publicación del reglamento es el 20 de octubre, aunque podría ser emitido antes.
El procedimiento para el retiro se detalla en la ley y se ampliará con el reglamento. Los afiliados podrán presentar su solicitud, ya sea de forma física o virtual, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento. Se realizará un desembolso de hasta una UIT cada 30 días. El primer desembolso se efectuará 30 días después de presentada la solicitud ante la AFP correspondiente.
Si un afiliado decide no continuar con el retiro, podrá solicitarlo por única vez a su AFP diez días antes del siguiente desembolso. Este retiro extraordinario no se considera un "retiro de fondos" según la reforma de pensiones, lo que significa que no afectará el acceso a la pensión mínima de S/600.
Expertos como Jorge Carrillo Acosta, profesor de finanzas en Pacífico Business School, prevén que las AFP habilitarán el proceso de solicitud poco después de la publicación del reglamento. Según sus estimaciones, los primeros desembolsos llegarían en las siguientes fechas: la primera UIT el 5 de noviembre de 2025, la segunda el 5 de diciembre de 2025, la tercera el 4 de enero de 2026 y la cuarta el 3 de febrero de 2026.