La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado por Lotería de Concepción y ordenó a seis operadoras de internet —Claro, Entel, GTD, Telefónica, WOM y VTR— bloquear de forma “inmediata” los sitios web de casas de apuestas que operan sin autorización en el país. El fallo revocó la decisión de la Corte de Apelaciones que había rechazado la acción y dispuso que las compañías “no pueden transmitir ni promover juegos de azar” salvo que el oferente acredite autorización legal y administrativa.
El máximo tribunal fundamentó que los juegos de azar están prohibidos como regla general , salvo habilitación expresa por ley, citando el Código Civil (objeto ilícito), el Código Penal (sanciones a organizadores y jugadores) y la Constitución (materia reservada a ley).