ZACATECAS, ZAC.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó por unanimidad una porción del Código Penal de Zacatecas relacionada con el delito de aborto forzado, al considerar que su redacción era ambigua y carecía de certeza jurídica.
En sesión pública, los ministros acordaron eliminar la frase “con o sin conocimiento de la víctima” del artículo 311 Bis, primer párrafo, al estimar que la disposición no aclaraba a qué tipo de conocimiento se refería ni definía con precisión quién debía ser considerada víctima, lo que abría la puerta a criterios personales, religiosos o culturales en su aplicación.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa, al presentar el proyecto, afirmó que la norma otorgaba un margen excesivo a las autoridades y podía aplicarse de forma arbitraria. “ Tal ex