El catedrático de Derecho Procesal plagiado por el juez "hubiera preferido" que su artículo fuese citado pero admite que la copia "sucede en no pocos casos"
Peinado copia y pega de una revista jurídica la argumentación de su auto sobre Begoña Gómez y Pedro Sánchez
El magistrado emérito del Tribunal Supremo Perfecto Andrés Ibañez, voz reconocida por su trayectoria jurídica, se refiere al 'copia y pega' del auto del juez Juan Carlos Peinado como “una apropiación subrepticia del trabajo ajeno”. elDiario.es reveló este jueves que Peinado plagia de un artículo de un catedrático publicado en una revista jurídica toda la argumentación teórica de su auto respecto de la conexión entre los cuatro delitos que atribuye a Begoña Gómez, Cristina Álvarez y Juan Carlos Barrabés en la pieza principal del caso.
Para sustentar su tesis, Peinado hace un copia y pega de un artículo titulado “Las causas de conexión penal y su aplicación tras la reforma operada por la ley 41/2015”. El autor de ese artículo es el catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Córdoba Ignacio José Cubillo López y fue publicado en una revista jurídica de la Universidad de Deusto en diciembre de 2017. El auto de Peinado cuenta con nueve páginas, de las que una y media son una copia prácticamente literal del citado artículo. En concreto, gran parte del fundamento de derecho tercero de la resolución es una reproducción del citado artículo académico, que analiza en profundidad el concepto de conexión delictiva en el derecho procesal penal español, especialmente tras los cambios introducidos en 2015 en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Consultado por elDiario.es, Perfecto Andrés Ibañez afirma: “Hay países donde las sentencias están cargadas de nombres y citas y alguno en el que están prohibidas. Lo primero no me gusta porque da a las resoluciones el aire de artículos de opinión. La aportación de los autores es fundamental como fuente de conocimiento, y es legítimo asumir ideas que están en el debate doctrinal. Pero otra cosa es la apropiación subrepticia del trabajo ajeno por el tosco procedimiento de 'cortar y pegar'. Cuando se hace esto, como cuando se toma directamente una tesis o un punto de vista original, hay que decirlo”.
El magistrado emérito de la Sala Segunda del Tribunal Supremo culmina su reflexión con una ironía: “De todas formas, en este caso quizá no hacía falta [mencionar al autor], porque leer en una resolución de Peinado 'teleológica y hermenéutica' era toda una pista”.
Por su parte, el autor del artículo ha declinado entrar en polémicas. Consultado por este periódico, el catedrático de la Universidad de Córdoba Ignacio Cubillo dice que “hubiera preferido” que el auto aludiera a la fuente. “He de decir que ni en los escritos forenses ni en las sentencias resulta muy frecuente la cita precisa de donde provienen las ideas; entiendo que debería ser de otro modo, pero sucede en no pocos casos. Los profesores de Derecho nos dedicamos a estudiar a y explicar las normas jurídicas, y que nuestros estudios con frecuencia se centran en analizar los problemas que presenta la aplicación de tales normas”, añade Cubillo.
Los jueces y tribunales que sí citan
Los jueces y fiscales españoles citan jurisprudencia y doctrina a diario en cientos de escritos, autos y sentencias. Es más habitual que refuercen sus argumentos aludiendo a otras decisiones anteriores de tribunales como el Supremo o el Constitucional, pero también recurren a catedráticos y juristas para apuntalar su criterio, siempre citando la fuente aunque sea un estudioso del derecho y no una sentencia de otro juez o una circular de la Fiscalía General del Estado.
Lo hizo el Tribunal Supremo en una de las resoluciones más relevantes de su Sala de lo Penal en este año: la cuestión de inconstitucionalidad que presentó contra la ley de amnistía y que será rechazada la semana que viene por el Constitucional. En ese documento de 49 páginas, el Supremo citó a un total de 14 catedráticos de distintas ramas del derecho de universidades de todo el país. Desde profesores de Filosofía de la Universitat Oberta de Catalunya a constitucionalistas de la Universidad del País Vasco, pasando por la UNED, la Universidad de Cantabria o la Pompeu Fabra.
Citar las fuentes doctrinales y jurisprudenciales, aunque como en este caso no sean una sentencia, sino un experto académico, es habitual también en otros tribunales territoriales. Audiencias Provinciales como las de Málaga o Valencia lo han hecho varias veces en los últimos meses, así como el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Ramón Durán Rivacoba, Alberto Tapia Hermida o Manuel J. Marín López figuran en diversas sentencias dictadas recientemente.
El Tribunal Constitucional otorga máxima importancia a las citas jurisprudenciales con las que se refuerza un recurso o una demanda. Hasta tal punto que el año pasado apercibió a un abogado por trufar su recurso con hasta 19 citas falsas.