Se destaca que este es un tema que ya está regularizado desde hace varios años y lo contempla el Reglamento de Vialidad y Tránsito para el Municipio de Ciudad Juárez, que indica:

Artículo 42.- El vidrio parabrisas de los vehículos, solo podrá polarizarse en una franja horizontal en su parte superior de hasta trece centímetros de ancho. Las ventanas laterales frontales de los vehículos, así como la franja superior a que se refiere el párrafo anterior, podrán polarizarse con un grado de oscuridad de hasta treinta y tres por ciento y las restantes ventanas podrán polarizarse con un grado de oscuridad de hasta sesenta y seis por ciento, de manera tal, que no se impida la visibilidad del conductor hacia el exterior, ni tampoco se impida la visibilidad hacia el interior del vehículo, en cualqui

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