El pasado mes de enero entró en vigor la normativa europea sobre transferencias inmediatas. Estas operaciones, que se realizan en cuestión de segundos en cualquier día y hora del año, deben tener el mismo coste que las transferencias ordinarias en la entidad bancaria con la que se realice, por lo que en la práctica en su mayoría resultan gratuitas. Según el Reglamento (UE) 2024/886 todas las entidades estaban obligadas a ofrecer transferencias inmediatas antes del 9 de octubre de 2025.

En principio, todos los bancos se han adaptado sin problemas a la normativa, ya que como casi ninguno cobra comisiones por las transferencias ordinarias cuando se realizan online, tampoco lo hacen cuando se trata de transferencias inmediatas.

Sin embargo, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha

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