El reciente estado de emergencia declarado en Lima Metropolitana y el Callao por un periodo de 30 días ha generado dudas entre los ciudadanos sobre los derechos que se restringen durante su aplicación y los límites de la intervención de las fuerzas del orden.

José L. Godoy , profesor de Derecho de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), analizó el alcance de esta medida excepcional en diálogo con Correo.

Godoy precisó que la suspensión de derechos no es absoluta. “No se restringen, en el caso del estado de emergencia no se restringen todos los derechos, sino algunos” , señaló. En ese sentido, recordó que estas medidas tienen un objetivo definido: “toda medida de excepción de emergencia que se toma está ligada a una finalidad” .

Entre los derechos que sí se ven afe

See Full Page