La veda electoral es un período de restricciones establecido por el Código Nacional Electoral (Ley 19.945) con el objetivo de garantizar el normal desarrollo de los comicios y proteger la libertad de elección del votante . Durante estas horas, tanto partidos políticos como ciudadanos deben respetar una serie de limitaciones que impiden la realización de actividades que puedan influir en la decisión del electorado.
En palabras del artículo 71 del Código, “queda prohibido realizar actos públicos de proselitismo, publicar o difundir encuestas y sondeos, y portar insignias partidarias en el día de la elección y hasta tres horas después de su cierre”. Esta disposición busca evitar la manipulación de la opinión pública y asegurar la transparencia del proceso democrático.
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