La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la condena de 25 años y medio de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Bizkaia a un hombre por asesinar el 17 de octubre de 2021 en Bilbao a otro varón mediante la técnica del “mataleón”. El TSJPV ha rechazado el recurso interpuesto por el acusado y ha confirmado la sentencia dictada por el magistrado-presidente del tribunal del jurado tras el veredicto de culpabilidad alcanzado por los miembros del jurado popular.
La Audiencia Provincial de Bizkaia condenó el pasado junio a Nelson David Moreno, acusado de la muerte de un hombre con el que se citó a través de una aplicación en Bilbao en 2021, a 23 años de cárcel por un delito de asesinato doblemente cualificado con alevosía y ejecución del hecho para facilitar la comisión de otro delito y a 2 años y 6 meses de cárcel por un delito continuado de estafa con la agravante de reincidencia, debido a que ya ha sido previamente condenado a 10 años de cárcel por intento de homicidio de un hombre que logró escapar con el mismo modus operandi . En concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar con un total de 156.740 euros a los hermanos y herederos de la víctima.
El acusado recurrió esa resolución ante el TSJPV argumentado, entre otras cuestiones, que no se había practicado prueba de cargo suficiente para enervar su presunción de inocencia. El Ministerio Fiscal y las acusaciones particular y popular (Asociación Gehitu) impugnaron el recurso de apelación y solicitaron la ratificación de la sentencia de instancia. El TSJPV confirma ahora la inferencia probatoria alcanzada por el tribunal del jurado, desestima el recurso y ratifica la sentencia impugnada. El Superior vasco recuerda que el jurado consideró probada la presencia del recurrente en el lugar de los hechos por la localización de su teléfono en la zona y por la pericial que le identificó como la persona que llamó a una entidad bancaria desde el teléfono de la víctima. Según el Superior vasco, el condenado “no ha dado una explicación sólida a la manera en que acabaron en su poder objetos y tarjetas de crédito del fallecido y que la forma en la que se encontró el cadáver es compatible con la inferencia alcanzada por el jurado en cuanto al modus operandi del acusado”. “No es irracional la valoración que el jurado hizo del informe de inteligencia de la Ertzaintza que vincula al acusado con otros hechos similares, especialmente teniendo en cuenta que sí hay una sentencia firme, que si bien es por tentativa, recoge una actuación similar”, sostiene la nueva sentencia.
El Superior vasco confirma así la sentencia de la Audiencia Provincial de Bizkaia que declara probado de acuerdo con el veredicto del jurado que, sobre las 16:00 horas del 17 de octubre de 2021, el acusado acudió al domicilio de la víctima en Bilbao y, con el ánimo de acabar con su vida o, en todo caso, asumiendo plenamente el riesgo y la consecuencia, procedió a estrangularle mediante una técnica conocida como 'Mataleón'. También que el acusado actuó de “forma sorpresiva e inesperada prevaleciéndose de la situación de confianza” creada con la víctima. Utilizó “una aplicación de contactos entre hombres, con la expectativa de mantenimiento de una relación sexual, de manera que la víctima de ningún modo podía esperarse ese comportamiento que se califica de sorpresivo, impidiendo cualquier posibilidad de reacción”. Además, se concluye que la capacidad defensiva de la víctima fue anulada por la técnica empleada para acabar con su vida y que el acusado mató a la víctima “con la finalidad de obtener acceso a sus datos y a su cuenta bancaria y llevar a cabo operaciones patrimoniales ilícitas a su favor, así como hacerse con sus bienes patrimoniales, dinero y tarjetas bancarias para la utilización posterior de estas en su beneficio, tal y como efectivamente hizo”, recoge el documento.
Según destaca la sentencia, dos pruebas periciales han sido fundamentales para declararle culpable: la primera, que el teléfono móvil prueba que el acusado estuvo en la vivienda y la segunda, la identificación de su voz cuando llamó a la entidad bancaria para hacerse con la clave de acceso a la banca digital del fallecido. Cuestiones que en todo momento fueron negadas por el ahora condenado.
Primera vez en el banquillo acusado de un asesinato
El pasado junio fue la primera vez que Moreno se sentó en el banquillo acusado de un asesinato, pero probablemente no sea la última, puesto que existen otras investigaciones que le relacionan con la muerte de otros cinco hombres. En concreto, se le relaciona con dos tentativas de homicidio y cinco posibles homicidios tras los que se habrían cometido diferentes delitos patrimoniales. El juicio, celebrado el pasado mayo, contó con un jurado popular compuesto por siete hombres y dos mujeres que no se creyeron la versión del acusado en las dos veces que tomó palabra, en su declaración y en el uso de su última palabra, de que tan solo se dedicaba a robar y que no era culpable de la muerte de ningún hombre. Así, lo declaró culpable de un delito de asesinato, de otro de robo con violencia, de un tercer delito de estafa y de un cuarto delito de usurpación de estado civil.
El magistrado-presidente del tribunal del jurado admitió todos los delitos menos el de usurpación de estado civil debido a que sostiene que la simulación de la identidad de la víctima que fue llevada por el acusado fue puntual, como medio para la comisión del delito patrimonial, y concluye que “no se da la nota de permanencia en el tiempo ni la apropiación por el suplantador de los derechos y obligaciones de la persona afectada” para condenarle por ese delito. Tampoco encontró motivos para estimar acreditado que el acusado atentó contra la vida de la víctima por su orientación sexual, cuestión que han defendido en este juicio la acusación particular y la acusación popular ejercidas por la Asociación de gais, lesbianas, transexuales y bixesuales del País Vasco (Gehitu).
Según detalló la fiscal durante el juicio, acusado y víctima, se conocieron a través de una aplicación. El encuentro fue en la casa de la víctima. “Entró a su casa, no sabemos qué pasó en un determinado tiempo, pero el acusado le dejó inconsciente o le mató directamente. Lo que hizo después fue llamar al servicio de atención de un banco del que la víctima era cliente, se hizo pasar por él y consiguió la clave e hizo un bizum”, explicó la fiscal. Una de las pruebas principales para argumentar que el acusado sí que estuvo en la vivienda de la víctima, algo que ha negado en todo momento, es esa llamada. Se le ha dado la posibilidad de realizar un cotejo de voz, pero el acusado se ha negado. Sin embargo, debido a que Nelson David Moreno ya ha testificado en otros juicios y tienen su voz registrada, la Fiscalía aseguró que se “ha probado” que es él.
Durante el juicio testificaron los agentes de la Ertzaintza que intervinieron en el caso, peritos, así como los particulares relacionados o con el acusado o con la víctima. Entre los testigos hubo uno que ha sido clave en el caso, el hermano de la víctima, quien, según recalcó la fiscal “se dio cuenta de que se había sacado dinero de la cuenta de su hermano cuando estaba muerto”. “Si no llega a ser por él, no estaríamos aquí”, destacó, para después explicar que ha fallecido, por lo que testificó en su lugar el ertzaina con quien habló y al que contó su versión de los hechos. En un primer momento, al igual que otras muertes relacionadas con el mismo sospechoso, la muerte de la víctima fue considerada “natural”, un paro cardíaco, debido a que, como explicó la fiscal, “no tenía ningún tipo de señal externa ni interna de violencia”.
“Una vez en su domicilio, estando ambos en el salón de la vivienda y prevaleciéndose de la creencia que Nelson David Moreno había generado en la víctima de que iban a mantener relaciones sexuales, actuando con ánimo de neutralizar a la víctima, asumiendo plenamente el riesgo y la consecuencia de acabar con su vida, así como con ánimo de facilitar la comisión de los delitos patrimoniales y de dificultar que se supiera su autoría de tales delitos, procedió a estrangular sorpresiva e inesperadamente a la víctima mediante una técnica letal de estrangulación antebraquial de presa carotídea, conocida como 'Mataleón'. Para ello el acusado se aprovechó también conscientemente del estado de intimidad e indefensión de la víctima que él había generado. La técnica estranguladora referida produjo que la víctima perdiera el conocimiento y en un breve lapso de tiempo falleciera sin poder oponer resistencia alguna y en un estado pleno de indefensión”, argumentó la fiscal.
Por su parte, el abogado de la acusación particular y popular, Saúl Castro, insistió en que el fallecido “fue víctima de un asesinato discriminatorio cometido a sangre fría” por el encausado, “que seleccionó a la víctima exclusivamente porque era homosexual”. “Le hizo creer que quería tener relaciones sexuales con él, consiguió que le invitara a su piso con ese fin y le estranguló, con el método del 'Mataleón', con la finalidad de apropiarse de su tarjeta bancaria. No era la primera vez que hacía esto. Que fuera homosexual era un elemento principal y necesario. Si la víctima no hubiera sido gay el acusado no habría ido a su casa. Si el acusado se hubiera hecho pasar por un revisor del gas no estaríamos hablando de un hecho discriminatorio por ser homosexual. El hecho de que la víctima fuera homosexual era un elemento principal, deseado y necesario para el crimen”, indicó Castro quien ha descrito al acusado como una persona “calculadora y fría, un mentiroso profesional que sabe aparentar y actuar muy bien para zafarse de cualquier responsabilidad por sus actos”.
Las claves del caso
El mayo de 2022 salió a la luz el caso de un hombre que en 2021 presuntamente había intentado asesinar a varias personas con las que contactaba a través de una aplicación de citas. Las pocas informaciones que habían sido confirmadas en aquel momento apuntaban que se investigaba un único caso de presunto homicidio consumado con demostración de prueba toxicológica y positivo en GHB. Además de este, se investigaban otros dos casos de presunto homicidio en grado de tentativa, es decir, frustrados, y se había abierto una línea de investigación en tres fallecimientos más que, en ese momento estaban certificados como muerte natural y que aún siguen así.
Tras semanas de investigaciones, en las que se contó con el trabajo de otros cuerpos policiales tanto de España como de otros países , principalmente de América Latina, y en las que el que por aquel entonces era vicelehendakari y consejero de Seguridad, Josu Erkoreka y el jefe de la Ertzaintza, Josu Bujanda, realizaron varias comparecencias tratando de aclarar lo ocurrido, el sospechoso, al ver que su imagen estaba siendo distribuida por las redes sociales, se presentó de forma voluntaria en una comisaría de la Ertzaintza en Irún. Días después el juez titular del el Juzgado de Instrucción número 6 de Bilbao, José María Eguia, decretó prisión provisional.
El pasado octubre de 2023 se celebró el juicio por intento de homicidio de una de las víctimas. Las tres jornadas de juicio, con los testimonios del acusado, la víctima, las vecinas de la víctima, los ertzainas y los forenses que han participado en el caso dejaron entrever que el acusado, más allá de por este delito, está siendo investigado por la muerte de un total de siete personas y el intento de asesinato de otras dos, ya que en la habitación del acusado encontraron “documentación bancaria sobre compras con las tarjetas de los fallecidos, y bizums realizados minutos después de sus muertes”. Junto con ello, también hallaron teléfonos móviles de algunos de los fallecidos. Todos ellos utilizaban la misma aplicación de citas. Según la hipótesis de los ertzainas que han declarado, las personas fallecidas y que fueron declaradas como muertes naturales, “pudieron ser atacadas con la técnica del abrazo o 'Mataleón'”, que produce asfixia, la misma de la que la víctima de este caso logró escapar.

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