El Tribunal Supremo tenía apuro. No fuera que se cerrara la ventana de oportunidad abierta por el demoledor informe Cerdán y las aparatosas peticiones de cárcel para José Luis Ábalos y Koldo

El Supremo condena al fiscal general a dos años de inhabilitación por la filtración del correo de la pareja de Ayuso

El Tribunal Supremo tenía apuro. No fuera que se cerrara la ventana de oportunidad abierta por el demoledor informe Cerdán y las aparatosas peticiones de cárcel para José Luis Ábalos y Koldo. A veces para hacer mucho daño no es menester tener una buena razón. Basta con estar en el sitio justo en el momento justo con la decisión oportuna.

A falta de conocer el texto de la sentencia condenatoria, sabemos que los magistrados de la mayoría han preferido la urgencia que nadie les reclamaba a un debate jurídico más pausado y razonado que pudiera dar una oportunidad a la unanimidad.

Puede que esta primera sentencia penal que condena a un fiscal general, con sus graves consecuencias institucionales, mereciera un poco más sosiego y prudencia, como se buscó y se logró en el caso del procés. Pero había prisa por llegar a tiempo costase lo que costase. Ha quedado meridianamente claro.

Sabemos que la ponente original, Susana Polo, proponía la absolución. Al igual que la magistrada Ana María Ferrer. Ambas formularán sendos votos particulares. Seguro que la orientación ideología conservadora de los magistrados que conforman la mayoría condenante no ha tenido nada que ver. Igual que el talante progresista en la designación de la magistrada ponente. Ya era hora de dejar a un lado tanto cuidado de las apariencias. Que sus señorías iban exigidos.

Podemos también anticipar que será una sentencia que siente jurisprudencia en lo que se refiera a la valoración de eso que llaman ahora “prueba indirecta” o “prueba periférica”. El precedente que sienta el Supremo seguro que vendrá sólidamente fundamentado y bien armado para prevenir que ir contra la acusación fiscal se convierta en una estrategia viable de defensa. No pierdan la fe.

No menos intrigante se anuncia conocer el razonamiento jurídico que ha permitido orillar el testimonio de testigos de descargo directos. Seguro que aportan algún razonamiento más poderoso que la sospecha de una hipotética y arriesgada protección de su fuente por parte de profesionales de reconocido prestigio.

Tampoco será intriga menor comprobar cómo se valoran los dos borrados que marcaron la vista oral: el telefónico que se hizo el día de la apertura y el del correo efectuado dos meses después sin que la UCO tuviera nada que decir. A ver cuál prueba qué. Hagan sus apuestas.

Habrá que leer el texto del fallo con calma para ver qué opciones jurídicas le quedan a Álvaro García Ortiz, por poco tiempo aún Fiscal General del Estado. Pero ya sabemos algo más. La mayoría conservadora de la sala II del Tribunal Supremo ya tiene una repuesta clara al dramático dilema planteado por el novio de Isabel Díaz Ayuso. No hace falta que se vaya de España ni que se suicide. Ya le indemnizan ellos.

Que la noticia de esa indemnización de diez mil euros por daños morales coincida en el tiempo con la buena nueva de que la feliz pareja ha podido por fin comprarse el ático de sus sueños, que les había precomprado de favor el amigo fiscalista, refuerza hasta el infinito y más allá ese carácter ejemplar de sus fallos que tanto gusta a sus señorías. El crimen, a veces, compensa.