–Una política pública de atención diferencial integral para garantizar los derechos de mujeres gestantes, madres lactantes, niños y niñas que conviven con ellas en los establecimientos penitenciarios, carcelarios y en centros de detención transitoria, deberá estructurar el Gobierno Nacional, por orden de la Corte Constitucional.

La orden recae directamente en el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Justicia y del Derecho, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -USPEC-, el Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad, el Patrimonio Autónomo Fondo de Atención en Salud Personas Privadas de la Libertad 2024, la Fiduciaria La Previsora S.A.

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