Cualquiera puede enfermar en algún momento u otro . Todos hemos pasado por ese día en el que un malestar repentino y un termómetro en alza confirman que algo no va bien. A veces se trata de dolencias leves y pasajeras; otras, requieren tratamientos más largos. Cuando la salud se resiente, muchos trabajadores deciden ausentarse de su puesto de trabajo y acudir al médico para que les digan que les sucede. Pero, en estos casos, ¿se trata de un o se lo descontarán de su salario? El Estatuto de los Trabajadores tiene la respuesta.

El artículo 37, que es el que regula los descansos, fiestas y permisos a los que tiene derecho el trabajador, estipula que podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración en las siguientes situaciones:

En caso de matrimonio o registro de pareja de hecho

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