La Cámara de Diputados aprobó en lo general la prohibición de cigarrillos electrónicos , vapeadores y dispositivos similares, estableciendo penas de uno a ocho años de prisión y multas de 100 a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) , equivalentes a 226 mil 280 pesos, para quienes los fabriquen o comercialicen. La votación fue de 324 a favor y 129 en contra.

La reforma a la Ley General de Salud define los cigarrillos electrónicos y vapeadores como sistemas mecánicos, electrónicos o de cualquier otra tecnología que calientan, vaporizan o atomizan sustancias tóxicas, con o sin nicotina, susceptibles de ser inhaladas. El artículo 282 Quater establece que queda prohibida en todo el territorio nacional la producción, venta, importación, exp

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