Este 7 de septiembre , cuando la Provincia de Buenos Aires elija senadores, diputados y cargos municipales, las autoridades de mesa serán las responsables de garantizar que el acto electoral se desarrolle en orden y conforme a la ley.
La normativa provincial detalla quiénes pueden ocupar ese rol, cuáles son sus obligaciones, qué sanciones existen en caso de inasistencia y cuánto cobrarán por la tarea.
La Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires , a través de la Ley N° 5109, establece quiénes pueden cumplir la función de ser una autoridad de mesa y cuáles son las responsabilidades que deben asumir.
Además, refiere a una capacitación para que cada autoridad de mesa conozca las reglas, sepa cómo manejar el padrón y también cómo resolver situaciones imprevistas dur