El congresista Roberto Sánchez, miembro de la bancada Juntos por el Perú – Voces del Pueblo, no descartó que la expremier Betssy Chávez pueda salir del país o solicitar asilo político en la embajada de México. Esto ocurre tras un nuevo pedido de impedimento de salida del país por 12 meses, que el Parlamento le negó, así como la opción de trabajar como asesora en su despacho. Sánchez afirmó que Chávez está enfocada en su recuperación y en afrontar su proceso judicial en libertad.
Al ser consultado sobre la posibilidad de que Chávez abandone Perú, Sánchez indicó que, aunque no ha tenido contacto reciente con ella, "si ya está en libertad, corresponde que haga eso". Cuando un periodista preguntó si la embajada de México podría ser un destino, el congresista respondió: "No creo, son especulaciones".
La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, enfrenta un pedido de ser declarada persona non grata en Perú y no reconoce a Dina Boluarte como presidenta. Además, ha mostrado apoyo a Pedro Castillo en varias ocasiones. La Fiscalía ha mencionado que Chávez intentó huir hacia la embajada de México durante el proceso de golpe de Estado fallido.
Cristian Pedro Martínez Valencia, conductor de la PCM, confirmó que Chávez pidió ser llevada a la embajada de México en un momento de apuro. "Cuando la ex premier Betssy Chávez Chino abordó el vehículo, ella misma nos dijo que nos dirigiéramos a la Embajada de México", relató.
En cuanto a su situación laboral, la controversia sobre la posible contratación de Chávez como asesora parlamentaria fue resuelta por el Área de Asesoría Laboral del Congreso. Según el memorando N° 682-2025-AAL-DRH-DGA/CR, Chávez, al estar suspendida como congresista, no puede ejercer ningún otro cargo público, incluida la función de asesora.
El documento, firmado por Jaime González, jefe del área legal, aclara que, aunque Chávez no ha sido desaforada, su suspensión le impide aceptar cualquier cargo administrativo o de asesoría en el Congreso o en otro órgano del Estado. La incompatibilidad se basa en el artículo 19 del Reglamento del Congreso, que establece que un congresista suspendido no puede desempeñar funciones en la institución legislativa.