La Comisión de Protección al Consumidor N.º 3 (CC3) del Indecopi impuso en primera instancia una multa de 450 UIT (S/2,407,500) a la empresa Medifarma S. A., la máxima prevista en el Código de Protección y Defensa del Consumidor, por haber distribuido en el mercado peruano un lote defectuoso de suero fisiológico al 9%.

De acuerdo con la resolución, el producto representó un riesgo injustificado para la salud y seguridad de los consumidores. El procedimiento sancionador se inició en abril de 2025, luego de que se registraran reportes de pacientes afectados por el uso del suero en Lima y otras regiones del país.

Según la investigación, desde el 21 de marzo de 2025, al menos 30 personas presentaron reacciones adversas tras el uso del suero fisiológico, entre ellas dolor en el brazo y daño c

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