Conforme al texto de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de 2003, en el preámbulo de la Convención se señala que las «comunidades, en especial las indígenas, los grupos y, en algunos casos, los individuos desempeñan un importante papel en la producción, la salvaguardia, el mantenimiento y la recreación del patrimonio cultural inmaterial, contribuyendo con ello a enriquecer la diversidad cultural y la creatividad humana», a razón de las redes dinámicas de personas con una historia percibida e intereses comunes, de manera que resulta ardua definirlas en términos abstractos.
Avanzando en nuestro razonamiento, se entiende por «salvaguardia» las medidas encaminadas a garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial (PCI), comprendidas la identificac