Golpe del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) al Estado, después de condenarlo por negar la pensión de viudedad a la mujer de una pareja de hecho sin registrar de Gelida. En concreto, el tribunal lamenta la falta de "medidas transitorias" en el Estado para que las parejas en Cataluña pudieran adaptarse al requisito que impuso el Tribunal Constitucional en 2014. Este exigía que una pareja lleve dos años registrada para tener derecho a cobrar la pensión. El TC tumbó la normativa del Código Civil catalán hasta entonces aplicable, según la cual no era necesario oficializar la pareja para cobrar la pensión si se cumplían ciertos requisitos. La nueva exigencia, sin transición, "privó a la demandante de la expectativa legítima de obtener una pensión", dice el TEDH.

Hay que tener en cu

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