Por Redacción Es Noticia redaccion@esnoticiapr.com

Uno de los mitos más comunes en esta época es pensar que los regalos o aportes adicionales que realiza la persona no custodia pueden acreditarse como pagos de la pensión de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), pero esa acción no necesariamente podría considerarse así.

La administradora de la agencia María del Mar Mateu Meléndez explicó que salvo disposiciones específicas en una resolución o sentencia, esos obsequios se consideran pagos voluntarios y no sustituyen la obligación establecida.

ASUME precisó que la compra de regalos tampoco constituye un gasto que se tome en consideración para el cómputo de la pensión ni sirve como fundamento para solicitar un aumento.

La agencia recordó que toda orden puede revisarse cada

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