Por unanimidad, el Pleno del Congreso aprobó este 10 de setiembre, la modificación de los artículos 108-C y 108-D del Código Penal para fortalecer la lucha contra el sicariato; y exoneró la norma de una segunda votación.
La reforma establece una pena privativa de libertad no menor a 30 años para quienes cometan, ordenen o intermediaren en sicariato, y cadena perpetua si se involucra a menores de edad o inimputables en el delito.
La iniciativa precisa que quien mata a otro por orden, encargo o acuerdo, con el propósito de obtener para sí o para otro un beneficio económico o de cualquier otra índole, “será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 30 años y con inhabilitación establecida en el numeral 6 del artículo 36“.
Las mismas penas se imponen a quien actúa